Vigencia del cuestionado artículo se aplazó al 30 de abril. El Centro de Navegación (Cennave), la asociación gremial uruguaya que reúne a agentes marítimos, operadores portuarios, terminales y depósitos portuarios y extra portuarios, es partidario de derogar el “aditivo” al artículo número 116 del Proyecto de Ley de Rendición de Cuentas y sustituirlo por un texto alternativo, adelantó a Mundo Marítimo la gerente ejecutiva de esa organización, doctora Mónica Ageitos. La cláusula aprobada en la Cámara de Diputados obligaba a los empresarios a pagar desde el pasado 1o. de enero, que es la fecha en que comenzó a regir la nueva Rendición de Cuentas, un mínimo de 13 jornales mensuales a los trabajadores portuarios aunque laboren menos días. Esto, alertó a los operadores del sector por la pérdida de competitividad, la posible contracción de la actividad y la pérdida de fuentes laborales. El referido “aditivo” establece que “las empresas prestadoras de servicios en depósitos portuarios o extra portuarios, y en muelles o explanadas, deberán mantener una dotación de personal estable suficiente para asegurar los requerimientos básicos de su actividad, garantizándole a dicho personal un mínimo de 13 jornales”. Con ese esquema, se garantizaría la inclusión de los trabajadores al Fondo Nacional de Salud (Fonasa).Entre los meses de septiembre y noviembre de 2017, representantes del Cennave y otras cámaras empresariales, que no fueron consultados antes de la votación del artículo, precisó Ageitos, concurrieron a las comisiones de Presupuesto y de Hacienda del Senado de la República para discutir con los legisladores y sensibilizarlos sobre el alcance del artículo 116 y los perjuicios económicos que ocasionaría su aplicación. Garantizar 13 jornales encarece cadena de servicios portuarios Ageitos mencionó las “debilidades” que genera el presente artículo a la operativa de buques cuyo inicio, por ejemplo, se da al final de un mes y su finalización al comienzo del siguiente. Si, en este caso, por ejemplo, la operativa demandó, dos días, con la aplicación de la nueva norma se deberían pagar 26 jornales, “lo que no parece equilibrado ni justo”, citó, entre otros ejemplos advertidos por el centro, en un documento presentado a las autoridades nacionales, en julio del año pasado. El Cennave está de acuerdo con la cobertura mutual a los trabajadores, pero considera que garantizar 13 jornales a los trabajadores eventuales portuarios, no sólo encarece la cadena de servicios portuarios, sino que tendrá un perjuicio directo en las importaciones y exportaciones en un escenario donde Uruguay está sujeto a una gran competencia regional y a la revisión de políticas de parte de los países vecinos en procura de fomentar la actividad portuaria, depósitos fiscales y zonas francas, razonó. En materia de actividad portuaria, existe muy poca diferencia con tarifas que hoy se aplican en Argentina, un país que ha dado señales claras de querer recuperar la carga de tránsito, en particular la que refiere a la Hidrovía Paraná-Paraguay, con una política en el sector bien definida, sostiene un documento elaborado por el centro. “Para que el trabajador portuario se asegure 13 jornales estoy dejando en desventaja al trabajador del arroz, de los cítricos, fertilizantes y del agro, porque al perder competitividad, se resienten las exportaciones y las fuentes laborales correrán riesgos. Entonces, no es razonable que para favorecer a un grupo de trabajadores desfavorezco a la mayoría”, analizó. Posible inconstitucionalidad de la norma Ageitos mencionó que en el Consejo de Salarios de Depósitos Portuarios en 2016 (laudo vigente suscripto por el Cennave y el Sindicato Único Portuario y Ramas Afines, Supra), uno de los tres de la actividad junto a depósitos extra portuarios y operadores portuarios, las partes negociadoras acordaron convocatorias mínimas garantidas para trabajadores jornaleros. “Esto no significa que debo asegurar 13 jornales si trabajaste uno, tengo que garantizarte 13 convocatorias al mes si el año anterior se te computó un mínimo de 220 jornales en la misma empresa del sector”, ilustró. La entrevistada advirtió, además, sobre la posible inconstitucionalidad de la norma proyectada en el entendido que el artículo 216, inciso 2 de la Constitución establece que en las leyes de Rendición de Cuentas no incluirán disposiciones cuya vigencia exceda la del mandato de Gobierno ni aquéllas que no se refieran exclusivamente a su interpretación o ejecución. Además, la entrevistada, aseveró que propiciar el “aditivo” transgrede la obligación de fomentar la negociación colectiva de empleadores y trabajadores, contenida en la Ley número 18.566 de 2009. “El Supra influyó para modificar, por ley, lo que acordó por convenio colectivo, o para consagrar, por ley, lo que no pudo obtener hasta ahora en un Consejo de Salarios”, afirmó. En diciembre, el Ministerio de Trabajo propuso en el Parlamento aplazar hasta el 30 de abril de 2018, la vigencia del artículo 116 con el objetivo de convocar, en ese lapso, un ámbito de negociación con empresarios y trabajadores para encontrar una solución definitiva al tema. Esa secretaría de Estado también procuró contemplar que los trabajadores zafrales accedan, a partir del 1o. de enero, al derecho a la cobertura en salud, aunque trabajen uno, dos o tres jornales. En los hechos, la mayoría de los trabajadores, con dos o tres días de labores al mes, por el monto de cada jornal, ya ganan el mínimo de 1,25 Bases de Prestación Contributiva (BPC) para acceder al Fonasa. En la actualidad, el Centro de Navegación junto con otras cámaras empresariales integran una comisión liderada por la subdirectora nacional de Trabajo, Cristina Fernández, que también hace lo propio en forma paralela con los trabajadores, a fin de definir un texto alternativo al “aditivo” del artículo 116 que ingrese al ámbito de la negociación colectiva y evite perjuicios en los procesos productivos y en sectores de comercio exterior, dijo Ageitos.Por MundoMaritimo