El Poder Ejecutivo promulgó el decreto Nº 388/019 que establece la política nacional antártica, lo que implica además que se ha incorporado este objetivo dentro de la Agencia Nacional de Investigación e Innovación (ANII).
Se indica en el artículo 5 de esta normativa que “la Política Nacional Antártica reafirma el interés estratégico de la República Oriental del Uruguay sobre el continente, a la par de su voluntad de cumplir con las normas internacionales vigentes en la materia”.
Además, es en el cumplimiento del Programa Nacional Antártico, de conformidad con los intereses nacionales y el ordenamiento jurídico interno, “que se ejecutan los cometidos y funciones por medio del Instituto Antártico Uruguayo (IAU), órgano designado como coordinador y administrador operativo, cuyas resoluciones serán refrendadas por el Gabinete Interministerial de Asuntos Antárticos (GIMAA), en tanto máxima instancia a nivel político responsable de fijar las directivas estratégicas de la política nacional en la materia”.
Agrega que “la ejecución de la Política Nacional Antártica se enmarcará asimismo en los lineamientos de acción estratégica establecidos en la ‘Hoja de Ruta 2045’, adoptada por el Gabinete Interministerial de Asuntos Antárticos el 17 de junio de 2019, con miras a fortalecer el posicionamiento de la República como actor relevante en el proceso de revisión del Protocolo al Tratado Antártico sobre Protección del Medio Ambiente (Protocolo de Madrid), que se iniciará en el año 2048”.
También que “las decisiones sobre la Política Nacional Antártica que emanen de las reuniones del Gabinete Interministerial de Asuntos Antárticos, por su carácter político-estratégico, se integrarán ipso iure a esta Política Nacional como parte esencial de la misma. La coordinación interinstitucional, con amplio intercambio de información, ideas, participación y sinergia constituirá el mecanismo de trabajo interno, el cual estará abierto a los aportes de otros países, organismos internacionales y organizaciones no gubernamentales, así como a la interacción y colaboración transversal con el sector académico, las universidades y otros actores relevantes de la comunidad científica a nivel nacional e internacional”.
INSTITUTO ANTÁRTICO URUGUAYO
El Instituto Antártico Uruguayo es un órgano desconcentrado del Ministerio de Defensa Nacional que depende directamente del ministro de Defensa Nacional.
Conforme al Decreto 60/2018 de Marzo de 2018, la dirección estratégica del Programa Nacional Antártico (PNA) está a cargo de un Gabinete Interministerial en Asuntos Antárticos integrado por los Titulares de los Ministerios que integran el Consejo Directivo del Instituto Antártico Uruguayo (IAU). Estos son el Ministerio de Defensa Nacional, el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, y el Ministerio de Industria, Energía y Minería. Este Gabinete es a su vez el órgano que establece los lineamientos políticos del Programa Nacional Antártico. El Consejo Directivo del IAU es el órgano que implementa los lineamientos estratégicos establecidos por el Gabinete y tiene a cargo la Dirección ejecutiva del Instituto.
El PNA es el conjunto de organizaciones públicas y privadas que desarrollan actividades diplomáticas, científicas y logísticas, que posibilitan la permanencia de Uruguay como Miembro Consultivo del Tratado Antártico, de acuerdo a los lineamientos del mismo y orientado por la Política Nacional Antártica. El IAU tiene un rol de Administrador del PNA, y es el organismo coordinador y a través del cual se ejecuta la actividad del Estado en la Antártida.
El telégrafo