Opinión por Pablo Abdala
En los próximos días – concretamente, en la sesión ordinaria del 7 de noviembre – la Cámara de Representantes considerará los informes con las conclusiones de la Comisión Investigadora relativa a la frustrada inversión de la terminal regasificadora de Puntas de Sayago. Tal como fuera acordado al término del trabajo de la referida comisión, los cinco partidos políticos que la integraron (Frente Amplio, Partido Nacional, Partido Colorado, Partido Independiente y Unidad Popular) elevaron los correspondientes informes al plenario. Los cuatro de la oposición comparten una visión crítica de lo ocurrido, y coinciden en trasladar los antecedentes recabados a la Justicia competente.
El proyecto de construcción de la planta regasificadora fracasó rotundamente, provocando daños y perjuicios en distintas direcciones y generándole cuantiosas pérdidas al país. En principio, y sin óbice de las ilicitudes que se indicarán más adelante, el proceso que antecedió a aquel fracaso está plagado de errores, imprevisión, decisiones desacertadas e improvisación.
El trabajo de la Comisión Investigadora permitió reunir un conjunto de elementos concurrentes, a partir de los cuales se llega a la inequívoca conclusión de que ocurrieron, con relación a los hechos investigados, distintas irregularidades e ilicitudes. La eventualidad de que las mismas puedan configurar delitos deberá ser determinada, como corresponde, por la Justicia competente. Para ello, es menester trasladar todos los elementos reunidos a dicho ámbito.
Es notorio que se abusó de la condición de actuar bajo el derecho privado. Los funcionarios que intervinieron en la ocasión lo hicieron con arbitrariedad visible, a la hora de tomar las decisiones más relevantes, particularmente las referidas a las dos mayores adjudicaciones que tuvieron lugar: la que recayó sobre GNLS y OAS, su principal subcontratista, a quien correspondió la construcción de la terminal regasificadora, y la de la construcción del gasoducto de interconexión, que también correspondió a la mencionada OAS.
Por lo tanto, en función de lo descripto, parece claro que aquel aprovechamiento del derecho privado implicó, en los hechos, que varios funcionarios actuaran con abuso de autoridad en varios tramos de este proceso complejo. Esta imputación alcanza tanto a funcionarios públicos (los directores y gerentes de UTE y Ancap que ejercieron la dirección de Gas Sayago como, asimismo, los que autorizaron las principales decisiones en los directorios de los entes públicos) como a algunos empleados privados que tuvieron participación decisiva en el ámbito de la empresa privada controlada por las dos empresas públicas (en especial, quienes ocuparon la gerencia general y la gerencia general adjunta en las sucesivas etapas).
Algunas de esas conductas podrían llegar a configurar un ilícito penal, considerando la objetiva coincidencia con algunas de las figuras establecidas en el Título IV del Código Penal (delitos contra la Administración pública). Será el Poder Judicial, llegado el caso, el que deberá determinar tal eventualidad.
El exceso de discrecionalidad en el que se incurrió implicó tomar decisiones muy polémicas. Las mismas fueron en contra de la igualdad de los oferentes, y se caracterizaron por un apresuramiento llamativo e injustificado. No se tuvo la debida certeza de que aquellas adjudicaciones eran las que más y mejor satisfacían el interés de la Administración. Tampoco importó. En ese marco, la aparición de OAS en los dos contratos representó un indicio claro del favoritismo con el que contó dicha empresa, mucho más que una casual coincidencia.
El llamado a interesados para la construcción del gasoducto, por ejemplo, está plagado de zonas oscuras. OAS fue una de las 18 empresas y consorcios que se presentaron. De acuerdo a un informe de la gerencia general, elevado al Directorio con fecha 25 de octubre de 2013, la empresa brasileña no cumplía con la totalidad de los requisitos mínimos exigidos, y presentó antecedentes incompletos; sin embargo, fue preseleccionada por Gas Sayago junto a otras cuatro que se encontraban en la misma situación y, a la postre, resultó gananciosa de la licitación, a pesar de que el informe de los técnicos no recomendaba esa eventualidad.
Las firmas que terminaron conformando el grupo que quedó a cargo de la construcción de la planta regasificadora tenían muy mala reputación. OAS, como es sobradamente conocido, está asociada a los pagos de sobornos que se conocen con el nombre de “petrolao” y a los escándalos de corrupción investigados en el marco del “Lava jato”. En cuanto a GNLS, que en la actualidad enfrenta una denuncia por estafa que se tramita en los juzgados del crimen organizado en nuestro país, no representa directamente a GDF Suez, sino a su filial brasileña GDF Suez Latin America Participaçoes Limitada.
La conexión brasileña refuerza la justificación de trasladar los antecedentes de la Comisión Investigadora al Poder Judicial. Debe investigarse judicialmente, en el Uruguay, una denuncia radicada en el Brasil según la cual un ministro del gobierno de ese país habría ejercido influencias ante el nuestro para lograr un beneficio para una empresa brasileña, a cambio del pago de un soborno. Sobre todo, teniendo en cuenta que esa denuncia fue homologada por las autoridades judiciales y dio lugar a diversas actuaciones, las que arrojaron determinados resultados.
Las irregularidades descriptas hasta ahora, vinculadas a la toma de las decisiones más importantes implicaron, sin duda, una actuación arbitraria de parte de la administración. Sin embargo, hubo otra forma de arbitrariedad, con relación a determinados actos administrativos que se dictaron. Fue la que practicó el gobierno, en distintas etapas del proceso, invadiendo el ámbito de competencia de diferentes organismos y violando, o bien su independencia técnica o, lisa y llanamente, su autonomía jurídica.
Tales formas de arbitrariedad, por cierto, pueden llegar a configurar abuso de autoridad o desviación de poder. Ponen en evidencia que las decisiones – por lo menos, las más relevantes – se tomaron a los más altos niveles gubernativos, lo cual incluye al ministro y al director de energía, y al presidente de la República y su entorno más estrecho.
Gas Sayago, la empresa constituida por UTE y Ancap para ocuparse de la construcción de la planta regasificadora, se convirtió en escenario de situaciones irregulares y de gastos exorbitantes que, aún hoy, más de tres años después de la paralización definitiva de la obra, la sociedad sigue pagando.
Gas Sayago, solo en gastos de funcionamiento, sin contar las pérdidas, los pasivos y el resultado de las inversiones fallidas, representó un costo de mantenimiento de varias decenas de millones de dólares. Buena parte de ese costoso funcionamiento, se destinó al pago de muy elevados salarios. Los últimos tres balances (2015, 2016, 2017) cuentan con informe adverso de los auditores. Son 174 los millones de dólares de recursos públicos afectados, hasta el momento, en la aventura de la regasificadora. Ello surge del balance 2017, y representa lo que el Estado ha destinado sin retorno a lo largo de este complejo proceso.
Nada de esto resulta indicado para satisfacer el interés general y defender el patrimonio público, objetivo tantas veces postulado, en el pasado, por el Frente Amplio.
http://www.cronicas.com.uy