NUEVO PERÍODO DE VEDA PARA LA PESCA DEL DORADO EN EL RÍO URUGUAY

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La Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU), informó que por resolución CARU Nº 130/15 se establece desde el 25 de septiembre al 31 de diciembre de 2015, el nuevo período de veda para la pesca comercial y deportiva del Dorado (Salminus brasiliensis) en el río Uruguay.- La Normativa mencionada se enmarca en el ejercicio del poder reglamentario delegado a la CARU por los Estados Parte, tendiente a la preservación y conservación de la Biodiversidad y los recursos ícticos del Río Uruguay.-Por otra parte, cabe señalar que están prohibidas las artes y métodos de pesca relacionadas con el empleo de explosivos, la utilización de sustancias tóxicas o de cualquier otro tipo que altere el comportamiento de los peces para facilitar su captura. Además, la perturbación de los peces mediante ruidos u otros medios, el uso de trasmallos (redes de enmalle de dos o tres paños adyacentes, con excepción de las redes con luz de malla de 14 cm. que están permitidas) y el de redes a la deriva. La Resolución CARU 130/15 fue publicada en el Boletín Oficial (RA) el 1 de octubre de 2015 y en el “Diario Oficial” (ROU) el 23 de septiembre de 2015, por lo que, como ocurre con toda norma dictada por la CARU,  constituye derecho positivo vigente en ambos Estados Parte como normas de jerarquía internacional que prevalecen sobre las normas locales. Para mayor información sobre el tema los interesados pueden consultar el sitio Web de la CARU: www.caru.org.uywww.caru.org.ar.- (UVM)

 

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