Los “deberes” que Uruguay debe hacer para entrar al Acuerdo Transpacífico

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Prevén que no habría “grandes dificultades” para cumplir con los estándares que exige el tratado, aunque sí se debe “presentar una oferta ambiciosa en acceso a los mercados”. El primer día de diciembre, Uruguay solicitó de manera formal el ingreso al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (Cptpp). Pero aún queda mucho camino por recorrer. En ese marco, la Universidad de la República, la Universidad Católica del Uruguay y la Universidad de Montevideo marcan en un informe que no se “enfrentarían grandes dificultades” para cumplir con los estándares que exige el tratado. Pero, al mismo tiempo, marca algunos “deberes” que tiene el país, ya que -según indica el documento al que accedió El País- son “necesarios un conjunto específico de cambios y adaptaciones” de la realidad uruguaya.

El pedido de solicitud, que realizó el canciller Francisco Bustillo en un viaje a Nueva Zelanda, llegó después de que el presidente Luis Lacalle Pou se reuniera con integrantes de la coalición y el presidente del Frente Amplio, Fernando Pereira, para comunicar la decisión. La iniciativa se enmarca en una política del gobierno de buscar acuerdos comerciales por fuera del Mercosur, tal como lo intenta con China y Turquía. Pero el proceso para ingresar, como es de esperar, lleva su tiempo. Además, se debe tener en cuenta que Uruguay no es el único a la espera, sino que acompaña a otros cinco que realizaron sus pedidos entre 2021 y 2022. El informe, que se realizó en el marco de un convenio con el Instituto Nacional de Carnes (INAC), explica que este acuerdo “prevé la adhesión de nuevos miembros a través de un mecanismo bien detallado y relativamente sencillo”. Además, dice que no se encuentran “limitaciones asociadas a las características geográficas del país”, ni “otras restricciones de tamaño o características productivas”.

No obstante, aclara que Uruguay sí debe cumplir con los “estándares negociados en el acuerdo y presentar una oferta ambiciosa en acceso a los mercados”.

Mientras el Cptpp analiza los nuevos casos presentados, entre los que están el de Uruguay, las universidades dicen que es “altamente recomendable” que el país comience a desplegar “una estrategia” para tener “contactos regulares con los gobiernos de los 11 miembros”.

El objetivo, explican, es “ir identificando los posibles cambios normativos que el país debe llevar adelante” para cumplir así con los “estándares exigidos” por el Cptpp.

Exigencias

Las universidades ven, por un lado, que “cumplimentar los requisitos de ingreso constituye un desafío para Uruguay” y, por el otro, que le “permite concretar un programa de reformas en el campo de la política comercial”. En ese sentido, realizan una síntesis de los “principales aspectos a ser priorizados en la revisión” de la política comercial de Uruguay. El texto señala que “no existen dificultades mayores” en “materia de estructura arancelaria y de elaboración de una trayectoria de liberalización”. A su vez, destaca que el país no utiliza las “cuotas a las importaciones ni tiene restricciones a las exportaciones”. No obstante, alerta que el “arancel a las importaciones (tasa global arancelaria) debería adecuar su terminología doméstica que lo separa en dos impuestos diferentes debido a mecanismos de exoneración domésticos”. Además, en materia arancelaria marca que se “debería suscribir” al Acuerdo sobre Tecnología de la Información de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Otro punto del informe advierte que Uruguay “debería eliminar el cobro de la tasa consular y poner en marcha un programa de revisión de tasas y recargos para que estén ajustados a los parámetros del acuerdo”. También dice que hay dos tasas a las importaciones “más notorias a ser ajustadas”. Una es la Tasa de Servicio Extraordinario, de la Dirección Nacional de Aduanas, y la otra es el “certificado de comercialización para alimentos y bebidas importadas (LATU) que se cobra sobre bases ad valorem (1,5% del valor CIF del bien)”. Asimismo, indica que hay impuestos a las exportaciones que tienen una “magnitud relativa reducida y por lo tanto es posible pensar en una fácil gestión en el tiempo para su adaptación a las reglas del Cptpp”. Estos son los “recargos sobre las exportaciones de productos no tradicionales de 2,5% que se destinan al LATU, el Ministerio de Salud Pública (MSP) y la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara)”; y “otros tributos a las exportaciones” de carne (INAC), arroz y leche (Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca) y lana (Secretariado Uruguayo de la Lana). Por otro lado, señala “necesario hacer una revisión del diseño y la gestión de las licencias a las importaciones”. Y marca en particular confirmar si las licencias strictu sensu (automóviles, textiles, calzado y aceites) “están en todo ajustadas a la normativa de la OMC”. No obstante, el informe dice que “no es un asunto conflictivo” para Uruguay la “adaptación a los estándares requeridos por el Cptpp en procedimientos aduaneros y facilitación de comercio”. Al mismo tiempo, marca que “quedan dimensiones de la facilitación de comercio a ser perfeccionados”; y ejemplifica: “En lo que refiere a procedimientos de apelación y resolución anticipada son necesarias mejoras dado que los estándares comparados no son satisfactorios”. También advierte “necesario revisar la necesidad obligatoria de contar con despachantes de aduana para las operaciones de comercio exterior”.

Estatales

El informe dedica un capítulo entero, el tercero, a las empresas y monopolios del Estado, que no se encuentran prohibidas en el acuerdo. Las universidades recuerdan que estas deben “adecuar sus características, gestión y actuación” a los criterios del acuerdo. Y las resumen en las siguientes: “actuar conforme a ‘consideraciones comerciales’; no realizar un ‘trato discriminatorio’, con relación a las actividades comerciales de las empresas privadas; ‘no recibir asistencia no comercial’; y aplicar reglas o criterios de ‘transparencia’”. Al mismo tiempo, marca que no deben cumplir esas obligaciones las firmas de “pequeño porte”. El informe sostiene que el “gobierno deberá definir la estrategia a seguir en el ámbito de las negociaciones”. Puede hacer una “adecuación normativa de la legislación aplicable o de las cartas orgánicas de los organismos; o su inclusión en el régimen de excepciones previstas”. En esa categoría están el Banco de la República Oriental del Uruguay (BROU), el Banco de Seguros del Estado (BSE), la Administración Nacional de Usinas y Transmisiones Eléctricas del Estado (UTE), el Banco Hipotecario del Uruguay (BHU), la Administración Nacional de Combustibles, Alcoholes y Portland (Ancap) y la Administración Nacional de Telecomunicaciones (Antel).

Empresas y monopolios del Estado “no serían obstáculo determinante”

Las empresas que son propiedad del Estado y los monopolios “no serían un obstáculo determinante en el ámbito de las negociaciones para la adhesión al acuerdo por parte de Uruguay”. Es más, el informe dice que, “por el contrario, partiendo de la base” de que no están prohibidos estos últimos, la “inclusión en el régimen de excepciones (extremo utilizado por varios países integrantes del acuerdo) y en su caso una adecuación normativa, la ‘compatibilidad’ sería viable en el marco de las negociaciones”. El pedido de Uruguay está pendiente. El informe explica que el Cptpp se ha “transformado en el acuerdo comercial más avanzado a nivel internacional, ya que es una zona de libre comercio (donde se liberaliza el comercio de bienes y servicios), pero con la incorporación de disciplinas comerciales en áreas muy diversas y con una amplitud y profundidad mayor a la alcanzada por la Organización Mundial del Comercio”. El acuerdo tiene “antecedentes que se remontan a la última década del siglo pasado”, añaden las universidades.

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