Gobierno elimina una distorsión cambiaria con Argentina largamente reclamada

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La Cámara Autotransporte Terrestre Internacional del Uruguay señaló en un comunicado que continúan esperando que se tomen otras medidas que no fueron tenidas en cuenta en esta normativa del Poder Ejecutivo. Tras varios años de reclamo por parte de la Cámara Autotransporte Terrestre Internacional del Uruguay (Catidu), finalmente el Poder Ejecutivo aprobó el decreto que obliga a las empresas argentinas que realicen fletes en Uruguay, a cobrar los servicios a través de transferencia bancaria y no en efectivo como lo venían haciendo hasta el momento . Esto era entendido como “competencia desleal” por parte de Catidu. El decreto señala que “todos los pagos que se realicen por concepto de flete en el transporte de carga internacional terrestre con la República Argentina deberán ser abonados al país de la matrícula del vehículo de carga mediante transferencia obligatoria a través de entidades financieras o bancarias”.

¿Cuál es el objetivo de dicha medida? Eliminar las asimetrías que existían con el país vecino y que provocaba que los dólares cobrados en Uruguay fueran vendidos en el mercado negro argentino y las empresas de ese país obtuvieran una significativa rentabilidad “que permitía una competencia desleal”, aseguraron desde Catidu. El decreto explica que la diferencia cambiaria existente entre Argentina y Uruguay, impacta directamente en el comercio entre ambos países, especialmente en el sector de transporte internacional de carga por carretera por el pago de fletes, generando una pérdida de competitividad al sector nacional por esa disparidad en el tipo de cambio actual.

“El Estado uruguayo debe velar por el comercio nacional, evitando inconvenientes a efectos de facilitar el trabajo y la libre competencia en igualdad de condiciones dentro del territorio nacional”, se expresa en el decreto. Catidu señaló en un comunicado que continúan esperando que se tomen otras medidas que no fueron tenidas en cuenta en esta normativa del Ejecutivo, como llevar a tasa 0% el IVA en el tramo nacional de los fletes de importación, además de cambiar la interpretación del Impuesto a la Renta de las Actividades Económicas (IRAE) por parte de la Dirección General Impositiva (DGI) en cuanto a la subcontratación de fleteros, ya que, según expresan, “las asimetrías con los países vecinos cada vez son mayores”. La DGI entiende que esas empresas de transporte están realizando una actividad de compra y venta de fletes, con la consecuencia de generar renta de fuente uruguaya, tanto en el tramo nacional como en el tramo extranjero. Desde la cámara entienden que las empresas de transporte terrestre de carga, realizan su operativa tanto con camiones propios como con subcontratados y asumen todas las responsabilidades de la operativa por lo que su actividad se diferencia de una empresa que compra y vende fletes, sin asumir responsabilidades. A su vez, desde Catidu expresaron que se necesita brindar “algún tipo de competitividad” a este sector. https://www.elpais.com.uy/

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